| Term | Definition |
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| juez de paz (a) | Persona, nombrada para los efectos concernientes, que tiene como función principal conciliar a las partes enfrentadas y que puede revolver asuntos de cuantía ínfima. En algunas legislaciones, el juez de paz, si es abogado, y ante la inexistencia de juez de primera instancia, posee facultades jurisdiccionales. || En algunas legislaciones, titular de un órgano inferior del Poder Judicial que, ante la ausencia de otro despacho judicial, se encarga de cuestiones menores, sean civiles o penales. || En algunas legislaciones, funcionario que dirime cuestiones de menor o ínfima cuantía o controversias vecinales. |
| juez de trabajo (a) | ► juez laboral (a). |
| juez de vigilancia penitenciaria (a) | ► juez de ejecución de la pena (a). |
| juez del control de la ejecución de la pena (a) | ► juez de ejecución de la pena (a). |
| juez director (a) | En materia procesal civil, juez con potestades disciplinarias, de ordenación, dictado de sentencia y, en general, de dirección del proceso. “Podría indicarse que el juez director se ubica en medio de las figuras de ‘juez espectador’ y del ‘juez instructor’, porque no se le veda participación en el proceso, ni se le permite una participación absoluta". ► juez espectador (a). juez instructor (a). |
| juez ejecutor (a) | Funcionario judicial encargado de fiscalizar el cumplimiento, efectividad y eficacia de las sentencias o resoluciones firmes. |
| juez ejecutor de la pena | ► juez de ejecución de la pena (a). |
| juez ejecutor en materia contencioso administrativa | Funcionario judicial que, en materia de conflictos entre la Administración y los ciudadanos, se encarga de fiscalizar el cumplimiento, la efectividad y eficacia de las sentencias o resoluciones firmes, así como el cumplimiento de la tutela judicial efectiva. ► tutela judicial efectiva. |
| juez en materia penal (a) | Juez con competencia jurisdiccional encargado de conocer acerca de la existencia o inexistencia de hechos acusados como delitos, faltas o contravenciones; de la participación de las personas imputadas en ellos y de la eventual imposición de penas, sanciones, reproches o medidas de seguridad. Asimismo, el juez penal debe resolver el conflicto devenido de un hecho punible, de forma que se procure el restablecimiento de la armonía social entre las partes y restaurar los derechos de la víctima. ► tribunal de juicio. |
| juez especial (a) | Juez instituido especialmente para el conocimiento de un caso concreto. Generalmente existe prohibición para la institución de jueces especiales.
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| juez espectador (a) | En materia procesal civil, el que solo participa en un litigio como árbitro, encargado del respeto de las reglas establecidas para que las partes cumplan con los cánones procesales determinados. La participación procesal del juez espectador “es casi desapercibida, y su función más importante será dictar sentencia” . ► juez director (a). juez instructor (a). |
| juez genérico (a) | Juzgador que tiene potestad para conocer y resolver acerca de diversas materias jurídicas. |
| juez instructor (a) | En materia procesal civil, el que tiene una participación activa y determinante que incluye actos procesales, consecución de prueba e intervenciones en cuanto a reglas y advertencias. La institución de ‘juez instructor’ es la contraria de ‘juez espectador’. ► juez director (a). juez espectador (a). juez de instrucción (a). |
| juez laboral (a) | El encargado del conocimiento y resolución de conflictos surgidos de la relación laboral o de trabajo, entre empleadores y trabajadores. El juez laboral tiene la obligación de apreciar la prueba en conciencia y con respeto a las reglas de la sana crítica y el principio de razonabilidad. |
| juez lego (a) | El que ejerce jurisdicción o tiene autoridad para resolver sin ser abogado o sin formación jurídica. || Juez que requiere de asesoramiento letrado antes de dictar resolución o sentencia por no tener título que lo acredite como profesional en Derecho. |
| juez lego en materia penal (a) | Miembro de un tribunal escabinado que no es profesional en Derecho. ► escabinado. escabino. |
| juez letrado (a) | El juzgador que tiene título o es profesional en Derecho. |
| juez natural (a) | El que es instituido conforme a la Constitución y a la ley; y sus potestades jurisdiccionales se definen de previo al conocimiento de los hechos juzgados. La idea de juez natural se contrapone a la noción de juez especial. || En materia penal, el erigido con competencias legales definidas y de forma previa a la existencia de los hechos acusados. |
| juez ordinario (a) | Juzgador predeterminado por ley y constituido como tal de previo a los hechos que se juzgan. ► juez natural (a). || Funcionario que conoce y resuelve causas o controversias en primera instancia. |
| juez penal (a) | En el proceso penal costarricense, funcionario al que le corresponde conocer de los actos jurisdiccionales de los procedimientos preparatorio e intermedio, así como del recurso de apelación en materia contravencional. ► juez en materia penal (a). |
| juez penal de turno extraordinario (a) | En Costa Rica, el que con funciones y potestades similares a las del juez en materia penal y de garantías, labora en jornadas extraordinarias, días feriados y fines de semana. El juez penal de turno extraordinario tiene como “recargo” asuntos referentes a pensiones alimentarias. Los horarios alternados del juez penal de turno extraordinario van de las 4 de la tarde a las 12 media noche, y de las 12 media noche a las 8 de la mañana del día siguiente. ► juez de garantías. juez en materia penal (a). |
| juez pesquisidor (a) | El que era encargado de hacer jurídicamente la averiguación o información de un delito. ► juez de instrucción (a). |
| juez superior (a) | El que conoce de los recursos contra fallos o resoluciones dictados por un inferior en la jerarquía judicial. |
| juez supernumerario (a) | Juzgador que no es titular de una plaza, pero la ocupa y ejerce de manera temporal ante la ausencia del juez titular o provisional. ► juez suplente (a). |
| juez suplente (a) | Juzgador que reemplaza a un titular. Si por razones de suspensión, impedimento legal, salud o muerte, un juez titular no puede conocer la causa, será sustituido por un juez suplente. ► juez supernumerario (a). |