| Term | Definition |
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| información pública | Dato, producido u obtenido, en custodia o en control, de alguna de las administraciones públicas, o de sujetos de derecho privado cuando ejercen una actividad o potestad de naturaleza pública, y que no forma parte de algún régimen de excepción informativa. || Suministro de noticias, hechos o datos acerca de alguien o algo en que está de por medio el control y manejo de fondos públicos y la pertinencia de los servicios públicos. || La que se dirige a un gran público en virtud de ser considerada de interés general. ‘Información pública’ es una locución tan indeterminada que abarca desde asuntos de Hacienda hasta cotilleos de la farándula. |
| información pública preconstituida | Dato en custodia o en control de alguna de las administraciones públicas que, dada su existencia actual, se halla disponible en los registros físicos o digitales. “III. […] Por su propia naturaleza, una solicitud pura y simple de información se refiere, típicamente, a información [pública] preconstituida, sin que sea necesario que la Administración realice otra cosa más que recabar los datos y suministrarlos a quien los pide”. (Sala Constitucional, N.° 30823 de 09:20 h de 18 de octubre de 2024). “La Ley 10554, en su artículo 10, estipula: “[…] En caso de tratarse de información pública preconstituida, el sujeto obligado deberá brindar lo solicitado de forma inmediata. Se entiende por información pública preconstituida, aquella que se encuentra en los registros físicos y digitales de las administraciones públicas y que es de fácil acceso”. ► información pública. |
| información sensible | Tipo de información privada que comprende datos bancarios, contraseñas informáticas y, en general, los relacionados con la red Internet. ► datos sensibles. información privada. |
| información tributaria | La que el sujeto pasivo de la obligación tributaria, para efectos impositivos, debe dar a la Administración. Propiedades, en cuanto a número y costo, así como ingresos brutos y netos pueden ser parte de la información tributaria. ► declaración tributaria. || La que la Administración tributaria suministra a los contribuyentes, en cuanto a beneficios fiscales, derechos, normativa y, en general, materia impositiva. |
| informaciones fuera de juicio | En materia procesal, averiguaciones o inspecciones realizadas fuera de estrados para hacer constar el estado de lugares, calidad o condición de cosas o hechos importantes de orden material —que pueden cambiar o desaparecer en cualquier momento—, susceptibles de apreciación personal por parte del juez. Las informaciones fuera de juicio pueden valer como prueba y son admisibles en juicio. |
| informal |
Que no observa formas, reglas ni protocolos establecidos. || Que no es lo usual, aceptado o convencional. || Se dice de la persona que no guarda las convenciones en su conducta, forma de vestir o modales. || Que no respeta normas ni compromisos. Perencejo siempre llega tarde: es muy informal. || Se dice de la actuación, declaración o gestión que no es oficial o que no tiene este carácter.
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| informalismo |
Designación de lo que no guarda o respeta las formas. > forma. || Lo que no precisa acatar formas o reglas establecidas. || Dispensa de cumplir con las formalidades. || Tendencia pictórica de corte abstracto que prescinde de la línea y de la forma definida o figurativa.
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| informalismo de las formas |
Expresión jurisprudencial que remite al principio de informalismo o al informalismo del procedimiento administrativo. > informalismo del procedimiento administrativo. principio de informalismo.
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| informalismo del procedimiento administrativo |
Dispensa a los administrados de cumplir con las formas no esenciales o aquellasque no están exigidas por el orden público administrativo. La aplicación del informalismo del procedimiento administrativo impide que el administrado pierda un derecho por el incumplimiento de un deber formal, con lo que obliga a la administración a optar por la solución más favorable para aquel. > principio del informalismo.
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| informante | Que da noticia de una cosa. || Que avisa o advierte de algo. || Que participa a alguien acerca de un conocimiento. || En investigaciones policiales, colaborador. ► colaborador o informante. || Que revela un asunto. || Que averigua —jurídica, legal o policialmente— acerca de un hecho o de una conducta delictiva. || Que explica, aclara o expone. || Que emite un dictamen. || Que fundamenta, origina o inspira. || Dicho de un abogado: Que habla en estrados. || Dicho del colaborador del lexicógrafo: Que suministra información acerca de formas y contenidos de un significado. |
| informar |
Dar noticia de una cosa. || Avisar, advertir de algo. || Participar a alguien de un conocimiento. || Revelar un asunto. || Averiguar jurídica, legal o policialmente acerca de un hecho o delito. || Explicar, aclarar, exponer. Según informa el artículo 501 del código civil las cosas muebles de dueño desconocido serán del que las ocupe". || Emitir un dictamen una persona u organismo competente. || Fundamentar, originar, inspirar. El título de la obra es 'Los Principios fundamentales que informan el Código Procesal Penal de 1968'. || Hablar un abogado en estrados.
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| informática | Ciencia o estudio del tratamiento automático de la información. ► informático (a). || Conjunto de conocimientos y técnicas referente al método, sistema o procedimiento automático de la información mediante computadoras. ► telemático (a). || Departamento u oficina encargada de los asuntos referentes a los sistemas de cómputo e información a distancia. |
| informático (a) | Perteneciente o concerniente a la ciencia o estudio del tratamiento automático de información. ► informática. || Persona especializada en los conocimientos y técnicas referentes al sistema automático de la información mediante computadoras. |
| informatio* | Voz latina. Esquema de una obra. || La idea que el entendimiento se forma de la realidad. |
| informe 1 | Descripción o exposición de las particularidades y acontecimientos de un asunto. || Valoración, juicio u opinión que se rinde sobre algo. || Datos que se dan sobre alguien o algo. || Exposición, explicación o alegato que hacen los abogados ante el tribunal. |
| informe 2 | Que no tiene forma determinada. || Vago, impreciso, indefinido. |
| informe pericial | El que rinde un profesional seleccionado acerca de una materia determinada. ► perito (a). || Resultado del estudio de una situación que por medios técnicos y científicos, produce una explicación, demostración, aclaración o interpretación que coadyuva a decidir sobre un asunto. ► peritaje. |
| informe pericial sobre la situación del deudor |
El que se realiza para determinar la situación económica y financiera del sujeto pasivo de una obligación. En asuntos referentes a la administración y reorganización con intervención judicial el juez, "si lo estimare indispensable, designará un perito en la materia, quien deberá ser persona física o jurídica de reconocida experiencia y contar con los recursos humanos y tecnológicos para rendir un informe pericial sobre la situación del deudor". > deudor (a).
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| informe policial |
El que alguna de las policías realizan para dar noticia de una situación general o una incidencia particular. || El efectuado por la policía donde se registran y ordenan, cronológicamente, las circunstancias del servicio diario o habitual. || Documento en el que la Policía consigna una declaración relacionada con un hecho eventualmente punible. > policía.
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| informes escritos |
Los que se rinden mediante escritura en soporte material o electrónico. Los informes escritos de oficinas públicas como medio de prueba.
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| infra |
En un documento o escrito, más abajo. || Como elemento compositivo significa 'inferior' o 'debajo'.
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| infra petita* | Locución latina que significa 'menos de lo pedido'. ► sentencia infra petita. |
| infracción |
Quebrantamiento o violación de una ley o norma. || Transgresión de un pacto o tratado. || Desacato a un estatuto. || Desobediencia de un precepto. || En general, conducta punible.
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| infracción a la Ley de Armas | En Costa Rica, transgresión al conjunto de normas que regula la adquisición, posesión, inscripción, portación, venta, importación, exportación o fabricación de armas, municiones, explosivos o la instalación de dispositivos de seguridad. || En Costa Rica, fórmula general con la que los tribunales denominan la perpetración de algún delito relacionado con la normativa que regula lo concerniente a armas, municiones, explosivos y dispositivos de seguridad. “Por tanto: De conformidad con lo expuesto, […] este Tribunal resuelve: Declarar autor responsable al imputado A. por un delito de infracción a la Ley de Armas cometido en perjuicio de la seguridad pública”. |
| infracción a la Ley de Conservación de la Vida Silvestre | En Costa Rica, transgresión al conjunto de normas que regula las relaciones concernientes a las especies de animales no domesticados que viven libres en su entorno natural. || En Costa Rica, fórmula general con la que los tribunales denominan la perpetración de algún delito relacionado con la normativa que regula lo concerniente al conjunto de organismos que viven en condiciones naturales. “Recurso de apelación de sentencia penal interpuesto en la presente causa seguida contra F., […] por el delito de Infracción a la Ley de Conservación de Vida Silvestre en la modalidad de pesca ilegal, en perjuicio de Los Recursos Naturales”. ► vida silvestre. |