Term | Definition |
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incorporación de prueba |
Recepción de testimonios, manifestaciones, documentos, actas, peritajes y reconocimientos que servirán, en un proceso judicial, para determinar y fundamentar un fallo. || Categoría procesal que concierne a la posibilidad de sumar o complementar los medios de prueba con otras probanzas no expresamente consignadas en la ley, siempre que no se vulneren derechos, garantías o facultades.
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incorporación de prueba al debate mediante lectura |
En debates verbales, lectura de pruebas que se constituye en excepción a la oralidad y que consiste en la posibilidad de añadir probanzas que fueran recibidas como anticipo jurisdiccional de prueba; que sean denuncia, prueba documental, peritajes, informes, certificaciones o actas; o que sean declaraciones dadas por coimputados rebeldes o absueltos. > anticipo jurisdiccional de prueba. oralidad. oralidad de los actos procesales en materia penal. || Introducción en un juicio oral de pruebas que son leídas y no directamente obtenidas de las personas que las rindieron o produjeron.
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incorporal |
Que no es tangible. || Que no se puede percibir mediante los sentidos. || Que carece de cuerpo.
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incorporar |
Unir una cosa a otra. || Añadir, sumar o completar una cosa con otras. Incorporación de prueba. || Agrupar con el fin de formar un todo. || Agregarse una persona a otras para constituir un grupo o cuerpo. || Sumarse a una empresa como partícipe, empleado o trabajador. || Sentar el cuerpo que estaba tendido. || Ponerse de pie.
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incorpóreo (a) |
> incorporal.
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Incoterm | Acrónimo o sigla de International Comercial Terms. Término internacional de comercio que enuncia las normas que regulan las cláusulas comerciales del contrato de compraventa internacional. “Los ‘Incoterms’ determinan el alcance del precio; en qué momento y dónde se produce la transferencia de riesgos sobre la mercadería del vendedor hacia el comprador; el lugar de entrega de la mercadería; quién contrata y paga el transporte; quién contrata y paga el seguro; qué documentos tramita cada parte y su costo”. |
increpar | Corregir, amonestar o reñir, dura y severamente. || Insultar, ofender con provocaciones e irritación. |
incriminación |
Acusación de haber perpetrado un delito o crimen. || Imputación de una falta. || Atribución de culpa o defecto. || Exageración de la culpa con la que se presenta como crimen un delito, falta o contravención.
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incriminado (a) |
Acusado de haber cometido una falta, contravención, delito o crimen. || Imputado. || Persona a la que se le atribuye culpa o defecto.
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incriminar |
Acusar la perpetración de un delito o crimen. || Imputar una falta. || Atribuir culpa o defecto. || Exagerar la culpa por la comisión de un delito, falta o contravención, presentándola como crimen.
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íncubo | |
inculpabilidad |
Descargo o exención de culpa. || Ausencia de dolo o culpa. || Estado o situación en que resulta improcedente la aplicación de un reproche penal ante la falta de voluntad del agente de cometer una conducta ilícita, o por la ausencia de conocimiento de la ilegalidad de un hecho. > antijuridicidad. antijurídico. culpa. culpabilidad. delito. exigibilidad. injusto penal. teoría del delito. típico.1. tipicidad. || falta de culpabilidad. > culpabilidad.
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inculpable |
Que no tiene culpa. || Que no es posible atribuirle culpa. || Persona contra la cual no se puede dirigir una acusación.
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inculpación |
Atribución de culpa. || Acusación. || Imputación de haber cometido un delito, falta o contravención. || Incriminación que se le hace a alguien en un proceso sancionador.
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inculpado (a) |
Persona acusada en un proceso penal o sancionador. > acusado.
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inculpar |
Atribuir culpa. || Acusar de algo. || Imputar la perpetración de un delito, falta o contravención. || Incriminar a alguien en un procedimiento sancionador.
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incumpliente | Se dice de quien no hace lo que está obligado a realizar. La parte incumpliente. |
incumplimiento |
Efecto de no hacer aquello a lo que se está obligado. || La acción y el resultado de no observar una obligación. || No hacer lo necesario. || Inejecución de lo debido. || Abstención de hacer algo que se necesita. || Elusión de satisfacer o proveer algo a alguien. || Quebranto de un mandato. || Violación de un pacto. || Contravención de una disposición legal. || Desobediencia de una orden. || Falta de pago de una obligación vencida.
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incumplimiento contractual |
Falta de realización; ejecución irregular, defectuosa o incompleta de prestaciones asumidas contractualmente. || Desviación de la previsión contractual. > contrato. || Ruptura del conjunto del entendimiento común de personas contratantes.
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incumplimiento de contrato agrario |
Falta de ejecución -irregular, defectuosa o incompleta- de un pacto asociativo de constitución y funcionamiento de una empresa agraria o el acuerdo entre empresarios agrícolas y empresarios industrializadores o comercializadores. > contrato agrario. contrato agroindustrial.
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incumplimiento de contrato mercantil |
Inobservancia por falta de cumplimiento, o que este sea irregular, defectuoso o incompleto, de las expectativas o cláusulas determinadas en un acuerdo contractual de naturaleza comercial. > contrato mercantil.
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incumplimiento de deberes |
En Costa Rica, delito que reprime con pena de inhabilitación al funcionario público que de forma ilegal omite, rehúsa hacer o retarda algún acto propio de su función. || En Costa Rica, delito que reprime con pena de inhabilitación al funcionario público que ilícitamente no se abstenga, no se inhiba o no se excuse de realizar un trámite, asunto o procedimiento, cuando tenga la obligación de hacerlo.
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incumplimiento de deberes de asistencia |
En Costa Rica, delito que comete quien, colocando a la víctima en una situación de abandono material o moral, quebranta o descuida los deberes de protección, cuido y educación que le corresponden con respecto a una persona menor de dieciocho años de edad. La condena por incumplimiento de deberes de asistencia puede conllevar una pena que incapacite al condenado para ejercer la autoridad parental. || En Costa Rica, delito que comete el cónyuge que no protege y tiene en estado de abandono material al otro consorte.
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incumplimiento de deberes familiares |
En Costa Rica, categoría penal referida al quebranto a las obligaciones para con la familia y que comprende las figuras del incumplimiento del deber alimentario y el incumplimiento de deberes de asistencia. > incumplimiento de deberes de asistencia. incumplimiento del deber alimentario.
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incumplimiento de los contratos |
> incumplimiento contractual.
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