Term | Definition |
---|---|
impuesto sobre los rendimientos y ganancias de capital de los fondos de inversión |
En Costa Rica, impuesto que grava los beneficios o ganancias de los fondos de inversión que provienen de títulos valores o activos; además de las ganancias de capital generadas por la enajenación de activos del fondo. "Los contribuyentes y declarantes del impuesto sobre los rendimientos y ganancias de capital de los fondos de inversión son las personas jurídicas, públicas o privadas, a cargo de los fondos de inversión, recayendo la responsabilidad de presentar la declaración en la Sociedad Administradora de Fondos de Inversión, a través del representante legal de esta". > activo. fondo de inversión. título valor. títulos valores.
|
impuesto sobre refrescos gaseosos y bebidas carbonatadas |
En Costa Rica, impuesto específico de consumo, a favor del Instituto de Desarrollo Agrario, cuyo hecho generador se configura con la fabricación del producto. El momento en que nace la obligación de su pago se da cuando se produce la salida de fábrica y no con la venta al detalle. El impuesto de refrescos gaseosos y bebidas carbonatadas es un impuesto exfábrica.
|
impuesto sobre remesas al exterior |
En Costa Rica, el que grava el envío o remisiones de rentas o beneficios, de fuente costarricense, destinadas al exterior o a personas físicas o jurídicas no domiciliadas en el país. "Cabe destacar que a la luz [.] del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, [.] las entidades domiciliadas encargadas de remitir las remesas, ostentan un papel de agente recaudador del impuesto sobre remesas al exterior".
|
impuesto sobre sociedades |
Tributo directo que grava el beneficio de la actividad económica de sociedades mercantiles o entidades que son ajenas al impuesto sobre la renta de las personas físicas. > impuesto sobre la renta.
|
impuesto sobre sucesiones y donaciones | El que grava la renta o beneficio producido por la transmisión a título gratuito, de bienes muebles o inmuebles, devenida de una herencia o donación. |
impuesto territorial |
El que grava bienes inmuebles. > impuesto sobre bienes inmuebles.
|
impuesto único sobre las rentas percibidas por el trabajo dependiente |
El que se aplica sobre las rentas que perciben las personas físicas domiciliadas en el país por el trabajo personal dependiente, la jubilación o pensión. > impuesto al salario. impuesto sobre la renta. rentas del trabajo personal dependiente.
|
impuestos |
> impuesto.
|
impuestos al consumo | |
impuestos específicos |
> impuesto específico.
|
impuestos generales de consumo | |
impuestos proporcionales |
> impuesto proporcional.
|
impuestos selectivos de consumo |
> impuesto selectivo de consumo.
|
impuestos sobre sociedades |
> impuesto sobre sociedades.
|
impugnabilidad | Voz jurídica que se refiere a la viabilidad de la interposición de un recurso contra un fallo, decisión o resolución judicial. || Posibilidad de pedir la revocación, nulidad o ineficacia de una resolución. || Cualidad de lo que es susceptible de ser contradicho o rebatido. |
impugnabilidad objetiva | En materia procesal penal, condición taxativa de viabilidad para interponer un recurso, por los medios legalmente establecidos, contra un fallo, decisión o resolución, en casos expresamente determinados. En la impugnabilidad objetiva, “Los ‘medios’ legalmente establecidos, a que alude [la] norma son […] los recursos de revocatoria, apelación y casación, mientras que los ‘casos’ serían los distintos supuestos impugnables”. ► impugnabilidad subjetiva. principio de taxatividad impugnaticia. taxatividad. |
impugnabilidad subjetiva | En materia procesal penal, condición taxativa que determina que el poder para interponer un recurso se confiere, exclusivamente, a determinados sujetos del proceso. En Costa Rica, el artículo 437 del Código Procesal Penal, establece que "el derecho a recurrir corresponderá tan sólo a quien le sea expresamente acordado. Cuando la ley no distinga entre las diversas partes, el recurso podrá ser interpuesto por cualquiera de ellas". ► principio de taxatividad impugnaticia. |
impugnable |
Que es susceptible de ser combatido o refutado en su dicho. || Que es posible argumentar en contrario de lo sostenido por otro. || Que se puede rechazar o negar la eficacia jurídica de una acción o situación. || Que adolece de condiciones para ser admitida una interpretación. || Que puede revocarse, anularse o declararse la ineficacia de una resolución. || Que es posible la interposición de un recurso contra un fallo, decisión o resolución.
|
impugnación |
Combate o refutación de lo dicho por un tercero. || Argumentación en contrario de lo sostenido por otro. || Exposición que pretende mostrar que algo, por fondo o forma, no está ajustado a derecho. || Rechazo o negación de la eficacia jurídica de una acción o situación. || Falta de admisión de una interpretación. || Solicitud de la revocación, nulidad o ineficacia de una resolución. || Interposición de un recurso contra un fallo, decisión o resolución.
|
impugnación de acuerdo municipal en sede administrativa |
Interposición de un recurso contra una decisión, convenio o fallo adoptado por el cuerpo deliberativo de un gobierno municipal, que se resuelve en el asiento de la competencia o autoridad de la Administración pública encargada de decidir acerca de reclamos de los propios actos administrativos. > acuerdo municipal. jurisdicción administrativa.
|
impugnación de contrato administrativo y decisión final en la licitación pública |
Solicitud de la revocación, nulidad o ineficacia del acuerdo o manifestación de voluntad de la Administración y otra parte, en cuanto a lo decidido en concurso que realicen entidades públicas para la compra de bienes o servicios. El proceso especial de impugnación de contratos administrativos y decisión final en la licitación pública, tiene como fin establecer un marco procesal individualizado para la impugnación de la validez de esos acuerdos, así como de los actos de adjudicación que emita la Administración pública en el marco de la actividad de selección de los contratistas. La impugnación de contrato administrativo y decisión final en la licitación pública "será de conocimiento del Tribunal Superior respectivo". > contratación administrativa. contrato administrativo. jurisdicción contenciosa administrativa. licitación pública.
|
impugnación de paternidad | Proceso por el cual se tramita la pretensión de desplazar la filiación paterna a petición del marido de la madre o persona allegada a él. || Oposición, refutación u objeción tendente a que se varíe la condición de padre. |
impugnación de reconocimiento |
Proceso por el cual se tramita la pretensión de desplazar la filiación que se hiciera por reconocimiento efectuado por error o engaño. "En cuanto a la impugnación de reconocimiento, la jurisprudencia costarricense interpreta que quien ha efectuado un reconocimiento puede impugnarlo, pero única y exclusivamente cuando ha mediado falsedad o error, en el sentido de que se ha logrado mediante una actividad engañosa, a través de la cual la persona que reconoce realiza el reconocimiento bajo el convencimiento de que el reconocido es biológicamente hijo suyo". > reconocimiento de hijo (a). || Repudio o desaprobación que realiza la persona del reconocimiento de hijo que, con base en error o engaño, efectuó. > reconocimiento de hijo (a).
|
impugnación del acto administrativo en sede administrativa |
Solicitud de la revocación, nulidad o ineficacia de un acto realizado en el ejercicio de la función administrativa, que se pretende ante una autoridad encargada de resolver asuntos de orden administrativo. > acto administrativo. recursos en el procedimiento administrativo. sede administrativa.
|
impugnación del acto administrativo tributario en sede administrativa |
Solicitud de la revocación, nulidad o ineficacia, de un acto realizado en el ejercicio de la función de exigir contribuciones impositivas, que se hace ante la autoridad encargada de resolver asuntos de orden administrativo. La impugnación del acto administrativo tributario en sede administrativa, para efectos de agotamiento de la vía administrativa, puede ser facultativa. > acto administrativo tributario. jurisdicción administrativa. potestad tributaria.
|