Diccionario usual del Poder Judicial

 

adopción simple

Modo de adopción que le confiere al adoptado la filiación de hijo biológico; pero no crea parentesco con la familia del adoptante. En la adopción simple, la única vinculación jurídica que existe es entre el adoptante y el adoptado. Con la adopción simple, los hijos adoptivos de un mismo adoptante son considerados hermanos entre sí. adopción 1.


adoptado (a) 2

En cuanto a un quehacer o parecer, que es asumido como propio. || Relativo a decisiones, la que fue tomada. adopción 2.


adoptante

Persona que mediante autorización legal acoge como hijo a quien biológicamente no lo es.

adoptar 1

Establecer un vínculo de filiación al recibir como hijo, para todos los efectos, con autorización legal y con un fin de protección, a quien biológicamente no lo es.


adoptar 2

Seguir como propios quehaceres o ideas de otro. || Tomar una decisión.


adoptivo (a)

Persona que mediante autorización legal es acogido como hijo, por alguien que biológicamente no lo es. || Perteneciente o relativo al vínculo de filiación que surge de la adopción. adopción 1. || Se dice del lugar que se considera propio aunque natural u originariamente no se es de ahí.


adquirente

Persona que logra, obtiene o alcanza algo. || El que recibe. || El que compra. || El que obtiene un derecho.

adquirido (a)

Lo que se ha logrado, obtenido o alcanzado. Ese título fue adquirido con mucho esfuerzo. || Recibido. Ese lote fue adquirido como regalo. || Comprado. La casa fue adquirida hace mucho tiempo.


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