Diccionario usual del Poder Judicial

 

comisión mercantil

Mandato, dispuesto o ejecutado por un comerciante, que tiene como objeto un acto de comercio. A manera de ejemplo, el artículo 244 del Código de Comercio español (Real Decreto de 22 de agosto de 1885) apunta: “Se reputará comisión mercantil el mandato, cuando tenga por objeto un acto u operación de comercio y sea comerciante o agente mediador del comercio el comitente o el comisionista”.  acto de comercio. comerciante. mandato 1. || Pago o retribución que se recibe por la ejecución de un mandato de carácter comercial.mandato 1. || Mandato o contrato que tiene por objeto un acto u operación de comercio en la que un comisionista se obliga a realizar, por encargo y, o, cuenta de un comitente, operaciones o actos de comercio. comisionista. comitente. mandato 1. || Pago que el comitente entrega al comisionista por la realización del encargo o mandato mercantil.


Comisión Nacional de Asuntos Indígenas

En Costa Rica, institución de derecho público, con personería jurídica y patrimonio propios, que tiene como objetivos la promoción del mejoramiento social, económico y cultural de la población indígena; la coordinación entre las distintas instituciones públicas obligadas a la ejecución de obras y a la prestación de servicios en beneficio de las comunidades indígenas; el impulso de la investigación científica del modo de vida de los grupos indígenas; el fomento de la divulgación de los asuntos indigenistas; y el servicio como órgano oficial de enlace con el Instituto Indigenista Interamericano y con las demás agencias internacionales que laboren en este campo. Fue creada por Ley N.° 5251 de 11 de julio de 1973.


Comisión Nacional de Emergencias

En Costa Rica, nombre con que se conoce la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias y que es órgano de desconcentración máxima adscrita a la Presidencia de la República, con personalidad jurídica instrumental para el manejo y la administración de su presupuesto y para la inversión de sus recursos, con patrimonio y presupuesto propio y que tiene como finalidad ser la entidad rectora en lo que se refiera a la prevención de riesgos y a los preparativos para atender situaciones de emergencia. Fue creada por Ley N.º 8488 de 22 de noviembre de 2005. El órgano superior de la Comisión Nacional de Emergencias es la Junta Directiva, integrada por los ministros de Presidencia, Hacienda, Seguridad, Salud, Obras Públicas y Transportes, Vivienda, Ambiente, el presidente del Instituto Nacional de Seguros y del Instituto Mixto de Ayuda Social y un representante de la Cruz Roja Costarricense.


Comisión Nacional de Préstamos para la Educación

CONAPE. En Costa Rica, institución semiautónoma del Estado que administra un fondo con el fin de conceder préstamos a costarricenses, para estudios de formación técnica, educación superior parauniversitaria, estudios de educación superior universitaria dirigidos a carreras y especializaciones de posgrado, dentro o fuera del país. Fue creada por Ley N.° 6041 de 18 de enero de 1977. Integran el Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Préstamos para la Educación el ministro de Educación Pública o su representante; el ministro de Planificación Nacional y Política Económica o su representante; un representante del Banco Central de Costa Rica; un representante del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Tecnológicas; y el ministro de Trabajo y Seguridad Social o su representante.


Comisión Nacional del Consumidor

En Costa Rica, órgano de desconcentración máxima, adscrito al Ministerio de Economía, Industria y Comercio, que garantiza la defensa efectiva del consumidor y que tiene como funciones a) conocer y sancionar las infracciones administrativas y los incumplimientos hacia los derechos de los consumidores; b) sancionar los actos de competencia desleal, cuando dañen al consumidor; c) ordenar medidas cautelares según corresponda, mientras se dicta resolución en el asunto; d) ordenar la suspensión de planes de ventas a plazo o de prestación futura de servicios, cuando haya violaciones a la ley; e) ordenar la devolución del dinero o del producto; y f) trasladar, al conocimiento de la jurisdicción ordinaria, todas las prácticas que configuren los delitos perjudiciales para el consumidor. Fue creada por Ley N.º 7472 de 20 de diciembre de 1994


Comisión Nacional para la Defensa del Idioma Español y Lenguas Aborígenes

En Costa Rica, fue una comisión que se encargó de la protección del idioma español. Era un órgano de desconcentración máxima, adscrito al Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes y estaba integrada por un representante del Ministerio de Educación Pública, del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, de la Academia Costarricense de la Lengua, de las universidades estatales y de la Asociación Costarricense de Filólogos. Fue creada por Ley N.° 7623 de 11 de setiembre de 1996.


Comisión Negociadora de Salarios del Sector Público

En Costa Rica, comisión encargada de la revisión y negociación de los salarios de los servidores del Sector Público, así como de recomendar políticas en esta materia y que se integra por representantes del Gobierno, de las organizaciones sindicales y gremiales de los empleados del sector público. Los representantes del Gobierno son: El ministro o viceministro de Trabajo y Seguridad Social; el ministro o viceministro de la Presidencia; el ministro o viceministro de Planificación y Política Económica; el ministro o viceministro de Hacienda; y el director o subdirector de la Dirección General de Servicio Civil. Fue creada por el Decreto Ejecutivo N.° 35730 de 14 de enero de 2010. “Este decreto ejecutivo fue suspendido por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41167 del 1° de junio del 2018, "Fijación de salarios mínimos para el sector público (Aumento Salarial II semestre 2018 y I Semestre del 2019 Sector Público). Posteriormente mediante el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 41781 del 13 de junio de 2019, se acordó levantar la suspensión temporal del Acuerdo de negociación de la comisión negociadora de salarios del sector público del año 2007. De forma tal que el coordinador de la Comisión Negociadora de Salarios del Sector Público, en cumplimiento con las atribuciones de dicho órgano, convoque a las partes respectivas para dar inicio a la negociación de los salarios de los (as) servidores (as) del Sector Público, correspondiente al II Semestre del 2019)”.


Comisión para Promover la Competencia

En Costa Rica, órgano de desconcentración máxima adscrito al Ministerio de Economía, Industria y Comercio, con independencia técnica, administrativa, presupuestaria y funcional; con personalidad jurídica instrumental; administrar sus recursos y su patrimonio y suscribir contratos y convenios con entidades públicas y privadas, nacionales o internacionales; y es la autoridad nacional encargada de la defensa y promoción de la competencia y libre concurrencia. Fue creada por la Ley N.° 9736 de 5 de setiembre de 2019.


comisión permanente

Se dice del órgano colegiado que al interno de una entidad mantiene la continuidad de sus funciones.



Cantidad a mostrar  
©Diccionario usual del Poder Judicial de Costa Rica, 2020. Todos los derechos reservados.