Diccionario usual del Poder Judicial

 

cirugía estética

Tratamiento médico —y rama de la Medicina— que procura el embellecimiento de alguna parte del cuerpo.


cirugía mayor

Intervención quirúrgica que comprende una operación particularmente grave o difícil.


cirugía menor

Intervención quirúrgica que comprende una operación que no es particularmente grave o difícil.


cirugía plástica

Parte de la cirugía estética que comprende una operación para restablecer o mejorar una parte del cuerpo. || ► cirugía estética.


cirujano (a)

Médico capacitado para operar o realizar intervenciones quirúrgicas. ► operar. quirúrgico (a).


cita

Determinación de un día, lugar y hora que hacen, para encontrarse, dos o más personas. || Reunión de personas, que fue previamente acordada. A la cita acudieron tres de las cinco personas llamadas. || Referencia de lo dicho, escrito o pensado por alguien, con el fin de dar autoridad, crédito o veracidad a lo que se afirma o manifiesta.


citación

En el proceso, acto —y soporte que contiene su señalamiento— mediante el cual se convoca a alguien para que comparezca, determinado día y hora, a la sede donde se desarrollan los procedimientos. || Acto de avisar y notificar el lugar, día y la hora, para reunirse.


citación a juicio

Acto de comunicación —y soporte que contiene el señalamiento— por el cual un órgano judicial, comunica a quienes intervienen en el proceso, el lugar, el día y la hora en que se celebrará la etapa de debate o audiencia donde se dilucidan pretensiones. ► apertura a juicio. auto de apertura a juicio. debate. elevación a juicio. instrucción formal. juicio. juicio oral.


citación a remate

Comunicación o emplazamiento que, en un proceso de ejecución o ejecutivo, se realiza para que quien esté legitimado se apersone y exponga sus pretensiones dentro de las diligencias que acompañan un remate. ► anuncio del remate por edictos. proceso de ejecución. remate 1. || Posibilidad que se le otorga a un deudor, en un proceso ejecutivo hipotecario o prendario, para que manifieste oposiciones o allanamientos.


citación directa

En Costa Rica, era procedimiento especial, a cargo de un agente fiscal del Ministerio Público, para indagar conductas ilícitas con penas de prisión hasta de tres años; que tuvieran sanción no privativa de libertad; que fueran cometidos en flagrancia; o que fueran perpetradas durante una audiencia judicial. En la citación directa, el control de las medidas cautelares y actos definitivos e irreproductibles estaban a cargo del juez de instrucción. “Los asuntos de citación directa podían ser convertidos en instrucción formal en razón de diversos factores, entre ellos su complejidad o el vencimiento del respectivo plazo”. “La citación directa no es más que la actividad procesal que permite al Ministerio Público preparar la acusación, o bien abortar la realización de juicios innecesarios en determinados casos señalados por el legislador. ► juez de instrucción (a). || Actividad procesal con la cual el ente acusador promueve la acción pública ante la respectiva autoridad jurisdiccional cuando considera que no hay necesidad de un procedimiento de instrucción. ► instrucción formal.



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