Los que pertenecen a dos o más personas, sin que haya individualización de la parte que corresponde a cada cual. ► derechos indivisos.
Bienes fijados o unidos, de forma inseparable, física o jurídicamente, al suelo. Esas construcciones que están allá son los bienes inmuebles que ocupan la propiedad. || Bienes que pueden ser muebles en sí, pero que, por hallarse inmovilizados por adhesión física permanente e inseparable al suelo o a una edificación, se tornan inamovibles. Las puertas y ventanas instaladas son inmuebles. || Bienes inmovibles. La superficie de la tierra y el subsuelo son bienes inmuebles.
Instrumentos públicos en los que constan la titularidad y la adquisición de un derecho real sobre el inmueble. La escritura que otorga una titularidad registral al propietario puede ser un bien inmueble por representación.
► bien jurídico.
Los que son motivo de discusión —en cuanto a su propiedad, posesión, uso o usufructo— ante un tribunal.
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