Diccionario usual del Poder Judicial

vicios ocultos de la cosa

Defectos o desperfectos ocultos, cubiertos o velados que impiden o disminuyen el uso de una cosa vendida u obtenida a título oneroso; y que de haber sido conocidos por el adquiriente, no la habría comprado o habría pagado menos por ella. El vendedor deberá responder por los vicios ocultos de la cosa.

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