Diccionario usual del Poder Judicial

venta estacionaria

La realizada en un puesto estacionario o instalación desmontable que no se constituye como establecimiento comercial permanente. Se prohíbe la colocación de una venta estacionaria cuando afecte el tráfico peatonal o interfiera con el tráfico vehicular.

©Diccionario usual del Poder Judicial de Costa Rica, 2020. Todos los derechos reservados.