Diccionario usual del Poder Judicial

unión civil

Acuerdo o contrato, entre personas que no están casadas entre sí, que busca institucionalizar una convivencia ya existente, en la que se comparte patrimonio y está constituida como núcleo familiar. La unión civil puede ser aplicable a personas de distinto o igual sexo. || ► unión civil entre personas del mismo sexo. || Estado jurídico que, sin ser matrimonio o unión de hecho, permite el conocimiento y la regulación de aspectos familiares, patrimoniales, de seguros y laborales. ► matrimonio civil. unión de hecho.

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