Diccionario usual del Poder Judicial

trabajo de prisioneros (as)

El realizado por cautivos de guerra. Solamente, acorde a las normas de la guerra, se les puede obligar a labores relativas a la administración, arreglo y conservación del reclusorio; así como a trabajos de agricultura, transporte no militar, actividades mercantiles, artísticas, servicios domésticos y servicios públicos de carácter civil.
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