Diccionario usual del Poder Judicial

topógrafo (a)

Persona que se dedica a describir y delinear la superficie de un terreno. En Costa Rica, legal y reglamentariamente, topógrafo es la persona capacitada y autorizada para ejercer la agrimensura, hacer el enlace de sus levantamientos con el sistema de proyecciones cartográficas en uso en el país, hacer nivelaciones, desarrollar perfiles y secciones transversales del objeto de sus medidas, calcular y compensar movimientos de tierra, establecer en el terreno las líneas y niveles de proyectos de obras a partir de la información obtenida en los planos y verificar vertical y horizontalmente la geometría de la obra durante su construcción, levantar planos de obras ya construidas, realizar triangulaciones topográficas y replanteo de urbanizaciones.

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