Diccionario usual del Poder Judicial

sociedad de hecho

Forma de sociedad, de carácter mercantil o civil, que cuenta con todos los elementos de existencia y validez; pero que no ha sido constituida en escritura pública ni con arreglo a las formalidades legales, sino mediante mero contrato consensual. La sociedad de hecho se constituye de forma espontánea, sin convenio previo que determine su existencia. El funcionamiento de una sociedad de hecho puede demostrarse por los medios probatorios comunes. sociedad irregular. || Agrupación libre de dos o más personas que sin instrumentación reúnen bienes, dinero y trabajo con el fin de explotar una actividad comercial y repartir las ganancias.

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