Diccionario usual del Poder Judicial

sistema de libertad

Concepción doctrinal penal y criminológica que postula que las acciones privadas que no dañen la moral, el orden público, las buenas costumbres y que no perjudiquen a terceros están fuera de una acción persecutoria o de la ley. Inmediata consecuencia del sistema de libertad es que existe una potestad, o competencia del Estado, para regular las acciones privadas que sí dañen la moral o el orden público, o perjudiquen los derechos iguales o superiores de terceros. || Denominación de la normativa que es garantía de la inexistencia de potestades reglamentarias para restringir la libertad, los derechos fundamentales o regular acciones privadas.

©Diccionario usual del Poder Judicial de Costa Rica, 2020. Todos los derechos reservados.