Diccionario usual del Poder Judicial

servidumbre natural

La que se constituye a favor de un predio en virtud de su disposición topográfica o por obra de la naturaleza. Se dice que, propiamente, solo existe una servidumbre natural, que es la que pesa sobre los terrenos inferiores de recibir las aguas de lluvia o las que son producto espontáneo de la naturaleza —sea, sin intervención humana— que descienden de los terrenos superiores, así como la tierra, arena o piedras que arrastren en su curso. Y, se agrega, el que está en la obligación de sufrir una servidumbre natural, si bien no tiene derecho a limitar o estorbar en ninguna forma su ejercicio, goza de la facultad de hacer las obras necesarias a efecto de disminuir el perjuicio que reciba.

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