Diccionario usual del Poder Judicial

servicio privado de seguridad

Actividad de personas físicas o jurídicas que por precio brindan, de modo individual o colectivo, protección, custodia, vigilancia o salvaguardia de la integridad de personas contratantes y de sus bienes. Por lo general, el servicio privado de seguridad se circunscribe a la zona en que se presta el servicio. Esa empresa de transporte de valores tiene su servicio privado de seguridad. seguridad de representaciones diplomáticas.

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