Diccionario usual del Poder Judicial

separación judicial por ofensas graves

En materia de familia, exención o dispensa judicial de la vida en común de los esposos, la cual se decreta cuando existe una infracción al deber de respeto mutuo, consistente en actos intencionales, ejecutados de palabra, por escrito o por hechos que constituyen una injuria, agravio, ultraje, humillación, maltrato o improperio, de forma que se ataquen el honor, la reputación o la dignidad.

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