Diccionario usual del Poder Judicial

separación judicial por enajenación mental

Exención o dispensa judicial de la vida en común de los esposos que se decreta cuando, por más de un año, alguno de ellos se ve privado del juicio, sufra locura, su estado mental no le hace responsable de sus actos o padece un trastorno grave de conducta que haga imposible o peligrosa esa vida en común.

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