Diccionario usual del Poder Judicial

seguro de vida

Contrato por el cual el asegurador se compromete, mediante cuota estipulada, a entregar al asegurado, o al beneficiario designado, un capital o renta en caso de producirse la muerte de quien pagaba las cuotas, o la supervivencia de este durante un término señalado. El seguro de vida comprende dos especies en la aseguración. En una, el seguro de vida se basa en la supervivencia y en la otra, en la muerte del asegurado.

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