Term | Definition |
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revocatoria de la adopción |
Invalidación, anulación de los efectos de la adopción simple. En Costa Rica, la revocatoria de la adopción tuvo vigencia hasta la reforma del artículo 111 por el artículo 2 de la Ley N° 7538 de 22 de agosto de 1995, publicada en La Gaceta N° 199 de 20 de octubre de 1995. Antes de ese momento, el Código de Familia dictaba: "Artículo 121: La adopción puede ser revocada: a) Por atentar el adoptado contra la vida o el honor del adoptante, su cónyuge, ascendiente o descendiente; b) Por causar el adoptado maliciosamente al adoptante una pérdida estimable de sus bienes; c) Por causar o denunciar el adoptado al adoptante que se halle enfermo o necesitado de su asistencia; d) Por abandonar el adoptado al adoptante que se halle enfermo o necesitado de asistencia". > adopción simple.
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