Diccionario usual del Poder Judicial

retro

> retroventa. || Elemento compositivo que significa 'hacia atrás' o que supone una regresión en el tiempo. || Prefijo que indica un retroceso o dejación sin efecto. || Coloquialmente, de un tiempo pasado, o que lo imita, o que lo evoca.
©Diccionario usual del Poder Judicial de Costa Rica, 2020. Todos los derechos reservados.