Diccionario usual del Poder Judicial

responsabilidad en materia tributaria

Obligación de tributar que tienen los deudores principales y, de manera subsidiaria o solidaria, otras personas físicas o jurídicas. || Deber de la persona que realiza un hecho imponible de resarcir las pérdidas sucedidas por el incumplimiento de sus obligaciones tributarias. > imponible. obligación tributaria. || En el ámbito aduanero, responsabilidad de las personas beneficiarias del régimen de perfeccionamiento activo al pago de los tributos de las mercancías dañadas, averiadas o perdidas, que permanecen en sus recintos, que ingresaron amparadas al dicho régimen. "Responsabilidad [en materia] tributaria de los beneficiarios: Los beneficiarios del Régimen [de perfeccionamiento activo] serán responsables por los daños, averías o pérdidas ocurridas a las mercancías ingresadas al amparo del Régimen, quedando obligados al pago de los tributos correspondientes, salvo en casos de su destrucción por fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado, a satisfacción de la autoridad aduanera". > régimen aduanero de perfeccionamiento.
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