Diccionario usual del Poder Judicial

recurso de apelación electoral

En Costa Rica, categoría que comprende el régimen de impugnaciones que establece la posibilidad de que un partido político, o quien ostenta un derecho subjetivo, pueda apelar una resolución que, en materia electoral, dicta cualquier funcionario o dependencia del Tribunal Supremo de elecciones con potestades decisorias. El código electoral costarricense establece: "Artículo 240. Tipos de recursos Cabrá el recurso de apelación electoral contra los actos que, en materia electoral, dicten: a) El Registro Electoral. b) Las juntas electorales. c) El funcionario (a) encargado (a) de autorizar las actividades en lugares públicos. d) Las delegaciones cantonales de policía. e) Cualquier otro funcionario o dependencia del Tribunal, con potestades decisorias en la materia, o cualquier persona que colabore en una u otra forma en el ejercicio de la función electoral". > apelación electoral.
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