Term | Definition |
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reconocimiento judicial |
En materia procesal civil, medio probatorio que permite constatar la situación real, efectiva o cierta de un lugar o de determinados bienes. "Al practicarse el reconocimiento judicial, el juzgador se traslada al lugar respectivo y puede observar y determinar, hasta donde el conocimiento normal le permita, cómo se encuentra el lugar o los bienes que son objeto de esta prueba". || Medio de prueba que, efectuado directamente por quien juzga, permite conocer y apreciar de forma inmediata determinados elementos probatorios. || En materia procesal penal, reconocimiento del imputado. > identificación del imputado (a). reconocimiento del imputado (a).
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