Diccionario usual del Poder Judicial

protección integral de la persona menor de edad

Garantía de los niños, niñas y adolescentes que comprende el reconocimiento de sus derechos, el cumplimiento de estos; la prevención de su amenaza o vulneración y la seguridad de su restablecimiento en caso de menoscabo o quebranto. “La protección integral se materializa en el conjunto de políticas, planes, programas y acciones que  se  ejecuten en los ámbitos nacional […] y municipal con la  correspondiente asignación de recursos financieros, físicos y humanos”. ► doctrina de protección integral de la persona menor de edad. protección al menor en sede administrativa.

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