Conjunto de actos y trámites, cuyas pretensiones y argumentos tienden a que se realice y actúe en la vida real lo que se conoció y declaró jurídicamente. Expone don Olman Arguedas: “Se sigue la trayectoria más reciente en cuanto a concepto de proceso de ejecución, pues no se le considera como una fase del proceso de conocimiento, en cuyo caso habría que hablar de ejecución de sentencias, sino de proceso de ejecución como correctamente ocurre”. “El proceso de ejecución requiere, para su inicio, de una sentencia firme o un documento ejecutoriable y ejecutorio (acuerdos conciliatorios, transacciones, hipotecas, prendas). Es importante aclarar que se trata de un proceso con su propia regulación, reglas y fines, e incluso más célere, independientemente de que en ocasiones se tramite como una "fase final" de otro (al que se le llaman principal). Esa posibilidad de tramitarlo dentro de otro expediente, existe únicamente por economía procesal y para agilizar el cumplimiento de lo ordenado o acordado”. ► ejecución de sentencia. || Proceso en el que se pretende del juez una manifestación de voluntad distinta de la simple declaración acerca de la pretensión aducida. ► proceso de conocimiento. proceso declarativo. proceso ejecutivo.