| Term | Definition |
|---|---|
| principio de separación de funciones | En materia de organización pública, criterio de estructuración del aparato estatal que exige la distribución funcional de competencias, de modo que cada órgano actúe dentro de su ámbito propio, sin invadir las atribuciones de otros, conforme al ordenamiento jurídico. || En el ámbito constitucional, precepto conforme al cual las funciones esenciales del Estado —legislativa, ejecutiva y judicial— deben atribuirse y ejercerse por órganos distintos. ► separación de poderes. |