| Term | Definition |
|---|---|
| principio de reparación integral del daño | En derecho administrativo, civil y procesal, precepto conforme al cual toda persona que haya sufrido un daño antijurídico tiene derecho a ser restablecida, en la mayor medida posible, a la situación en que se encontraba antes de la producción del perjuicio, mediante la satisfacción plena de sus consecuencias patrimoniales y extrapatrimoniales. ► reparación integral del daño. || En materia de responsabilidad civil, criterio según el cual la indemnización debe comprender la totalidad de los daños efectivamente causados —daño emergente, lucro cesante, daño moral y demás perjuicios resarcibles—, sin generar enriquecimiento indebido ni dejar una parte del daño sin compensación. ► daño emergente. daño moral. lucro cesante. || En materia de derecho humanos, criterio de tutela efectiva que impone al Estado y a los responsables del daño la obligación de adoptar todas las medidas necesarias para restituir, indemnizar, rehabilitar, satisfacer y, en su caso, garantizar la no repetición de la lesión sufrida. |