| Term | Definition |
|---|---|
| principio de protección a la familia en materia penal | Precepto conforme al cual el Estado debe orientar la creación, interpretación y aplicación de las normas penales de modo que se eviten afectaciones desproporcionadas a la unidad, estabilidad y bienestar de la familia, procurando su protección integral sin menoscabo de los fines de prevención, sanción y tutela de los bienes jurídicos. || Directriz que exige a las autoridades penales ponderar, al ejercer la acción penal, dictar medidas cautelares y fijar la pena, el impacto de la intervención punitiva en los vínculos familiares y en los miembros en condición de vulnerabilidad, favoreciendo, cuando sea jurídicamente procedente, alternativas menos lesivas para la familia, siempre que no se comprometa la protección de la víctima ni la eficacia del sistema penal. |