| Term | Definition |
|---|---|
| principio de oralidad del proceso judicial | Postulado rector conforme al cual el proceso judicial debe desarrollarse, preferentemente, mediante la expresión verbal como medio fundamental de comunicación entre las partes, sus representantes y el órgano jurisdiccional, de modo que las peticiones, alegatos, pruebas y demás actos procesales se realicen oralmente en audiencia, con la intervención directa del juez de la causa. |