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Term Definition
principio de irreductibilidad del bosque

Regla que establece que el área que ocupa un bosque —público o privado— no puede ser reducida, segregada, excluida ni desafectada de su carácter forestal. "[...] ha resuelto este Tribunal lo siguiente:  "En cuanto a la condición impuesta en sí, esta corte de casación la encuentra racional y proporcionada a los hechos generadores de la condena penal.  Obsérvese que el § 28 de la Constitución Política establece la imposibilidad de intervención legal ante acciones privadas que no causen daño, de donde deriva que el límite de la reacción estatal viene marcado por la magnitud o gravedad de la lesión o peligro causados. En el presente caso, en que el daño es el cambio del uso del suelo del bosque para dedicarlo a agricultura, la reacción estatal tiene su límite en la reparación del daño, que de todas formas no se completará en los tres años de ejecución condicional de la pena, puesto que el bosque es producto de años y años de nacimiento, desarrollo y muerte de muchos seres vegetales y animales; sin embargo, la exclusión de los cultivos y de todo elemento con que se ha sustituido el bosque, así como el restablecimiento de especies vegetales en la medida adecuada para regenerar lo destruido, son un principio para la reparación que en algunos años se alcanzará. Debe quedar claro que la protección del suelo de los bosques consagrada en los §§ 2, 6, 10.c, 19 y 38.f de la Ley Forestal, 52 de la Ley de Uso, Manejo y Conservación de Suelos, 53, 54 y 55 de la Ley Orgánica del Ambiente, 53 y 54 de la Ley de Biodiversidad, no termina o se suspende cuando por actos de seres humanos (incendios provocados, talas ilegales, etc.) o por hechos de la naturaleza (inundaciones, terremotos, incendios, etc.) el bosque viene a menos; antes por el contrario, ante esas situaciones se impone al Estado mayor agresividad en la recuperación y conservación del bosque.  Pensar que el deber de protección del suelo forestal y de otros elementos del bosque  termina por cualquiera de los hechos indicados, se traduciría en la promoción de actividades ilícitas lesivas del medio ambiente, para sustituir la ecología por explotaciones agrícolas o de otra naturaleza, con lo que no habría protección verdadera; es decir, el espacio ocupado por los bosques es irreductible por esas vías (principio de irreductibilidad del bosque). (Tribunal de Casación Penal, N.° [Telf1] [Sic] de 10:00 h de 30 de agosto de 2007). ► bosque.