| Term | Definition |
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| principio de interdicción de las penas perpetuas | Precepto que veda la imposición de sanciones penales de duración indefinida y que no se puedan revisar o perdonar. La pena que priva de por vida de la libertad ambulatoria puede ser un ejemplo de inobservancia del principio de interdicción de las penas perpetuas. Con respecto al principio de interdicción de penas perpetuas se ha dicho: “II.- Reclama el doctor E.E., defensor del imputado E, que el fundamento de la pena es contradictorio, toda vez que impone una condena de ocho años de privación de libertad, indicándose en el fallo que ese tiempo es suficiente para lograr la resocialización. Sin embargo, de modo contradictorio —afirma el recurrente— las condiciones carcelarias que caracterizarían ocho años de encerramiento, en ningún caso permiten lograr ese fin rehabilitador. El motivo se declara sin lugar, por lo siguiente. El gestionante debe tener en consideración lo resuelto por la Sala Constitucional, por ejemplo, en su resolución 5244, de 29 de mayo de 2002, que en lo que ahora interesa señala: “…No puede estimarse que la norma impugnada –párrafo final del artículo 51 del Código Penal– sea violatorio del artículo 40 de la Constitución Política. Téngase en cuenta que esta norma constitucional expresamente prohíbe las penas perpetuas… disposición en virtud de la cual resulta prohibido establecer sanciones sin límite temporal, esto es, sin un final. Por ello, la norma impugnada…no violatorio [sic] de este principio, toda vez que más bien impone un límite máximo a la pena privativa de libertad, de cincuenta años, motivo por el cual en modo alguno puede estimarse que constituye una pena perpetua. Asimismo, cabe hacerle la advertencia al accionante de que el propio legislador ha establecido una serie de instrumentos jurídicos tendentes a reducir la pena privativa de libertad, como lo son el beneficio del artículo 55 del Código Penal…; el beneficio del artículo 64 del mismo cuerpo legal…; o el indulto… […]””. (Sala Tercera, N.° 55 de 11:05 h de 25 de enero de 2008). |