Term | Definition |
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principio de contradicción en materia procesal penal |
Garantía procesal consistente en el derecho de aportar prueba que confirme el dicho propio o contradiga el del adversario. Posibilita también oponerse al análisis lógico o fáctico de la contraparte. Se constituye en un examen de veracidad de la prueba rendida en el debate.
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