Diccionario usual del Poder Judicial

principio de conservación del acto

Enunciado que postula que solamente se justifica la nulidad del acto que contenga un vicio trascendental, grave, fundamental o esencial. El principio de conservación del acto pretende, además de celeridad, que no haya afectaciones a la confianza legal, a la buena fe y a la seguridad jurídica.

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