Diccionario usual del Poder Judicial

Poder legislativo

Entre los que rigen un Estado, el que hace o reforma las leyes. || Asamblea Legislativa o Parlamento. En Costa Rica, la Constitución Política establece, en el Título IX, “El Poder Legislativo”, en el capítulo I, “Organización de la Asamblea Legislativa”, artículo 105. “La potestad de legislar reside en el pueblo, el cual la delega en la Asamblea Legislativa por medio del sufragio. Tal potestad no podrá ser renunciada ni estar sujeta a limitaciones mediante ningún convenio ni contrato, directa ni indirectamente, salvo por los tratados, conforme a los principios del Derecho Internacional. ► Asamblea Legislativa. Parlamento. || Potestad rectora consistente en promulgar, reformar o derogar leyes.

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