Diccionario usual del Poder Judicial

patente de invención

Documento en que se reconoce una invención y los derechos que de ella se derivan. invención. || En Costa Rica, creación del intelecto, capaz de ser aplicada a la industria. “Podrá ser un producto, una máquina, una herramienta o un procedimiento de fabricación y [la creación] estará protegida por la patente de invención. Artículo 2º.- Invenciones patentables. 1. Una invención es patentable si es nueva, si tienen nivel inventivo y si es susceptible de aplicación industrial. […] 3. Una invención es nueva cuando no existe previamente en el estado de la técnica. El estado de la técnica comprenderá todo lo divulgado o hecho accesible al público en cualquier lugar del mundo y por cualquier medio, antes de la fecha de presentación de la solicitud de patente en Costa Rica o, en su caso, antes de la fecha de prioridad aplicable”. (Ley N.° 6867, de 25 de abril de 1983, Patentes Invención, Dibujos y Modelos Industriales y Modelos Utilidad).

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