Diccionario usual del Poder Judicial

obrero de construcción (a)

El que se encuentra vinculado por contrato a una empresa que tiene como actividad levantar edificios, además de su reparación y conservación. Por lo general, el trabajo del obrero de construcción es profesión de carácter discontinuo.

©Diccionario usual del Poder Judicial de Costa Rica, 2020. Todos los derechos reservados.