Diccionario usual del Poder Judicial

obligación de dar

La que conlleva un compromiso de entregar una cosa o transmitir un derecho. El código civil argentino, artículo 574, estipula que “La obligación de dar, es la que tiene por objeto la entrega de una cosa mueble o inmueble, con el fin de constituir sobre ella derechos reales, o de transferir solamente el uso o la tenencia, o de restituirla a su dueño”.

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