Diccionario usual del Poder Judicial

nulidad de la sentencia

Ineficacia o invalidez jurídica de la declaración que, por falta de requisitos esenciales o defectos en la motivación, un juez efectúa en etapa resolutiva, conclusiva y final de un proceso.  La nulidad de sentencia, principalmente, se declara ante la violación de normas esenciales para la ritualidad o marcha del proceso y por haberse causado indefensión a la parte perjudicada. La jurisprudencia ha indicado acerca de la nulidad de sentencia que "el juez no puede dejar de fallar por insuficiencia u oscuridad de la ley [...] y su decisión debe ser expresa, [...]. De ahí que sea nula la sentencia que deje a salvo los derechos del actor para hacerlos valer en otro juicio sobre la misma cuestión, o que la resuelva en forma condicional, o de un modo parcial, o también que no contenga un pronunciamiento [.]. Es nula la sentencia cuando el juez omite resolver expresamente sobre la acción deducida en virtud del allanamiento del demandado [.]; y cuando no decide sobre la reconvención, ya que no basta que en los considerandos se opine en contra de la interpretación del demandado [.]. Es nula la sentencia que omitió pronunciarse sobre un reclamo expreso de la demanda [.]. Omitir pronunciamiento respecto de puntos comprendidos en el pleito y conducentes a su decisión, sería privar de fundamentos a la sentencia, haciéndola susceptible de recurso extraordinario [.]". > sentencia.
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