Diccionario usual del Poder Judicial

notario público que tiene un cargo público y que ejerce privadamente (a)

Notario que, aun ejerciendo un cargo público, puede mantener una oficina privada si no tiene prohibición para el ejercicio externo del notariado y si reúne los requisitos necesarios. Podemos ver que existe un notario público que tiene un cargo público y que ejerce privadamente, cuando está nombrado a plazo fijo en un puesto público y, sin embargo, está excluido del Régimen de Servicio Civil y no recibe compensación económica por prohibición o dedicación exclusiva y no tiene superposición horaria.

©Diccionario usual del Poder Judicial de Costa Rica, 2020. Todos los derechos reservados.