Diccionario usual del Poder Judicial

notario público bajo el régimen de empleo público (a)

Notario que ha sido contratado por el Estado para que preste sus servicios notariales, bajo una remuneración salarial, con dedicación exclusiva o prohibición, y que no puede realizar el ejercicio privado de la función notarial ni el cobro de honorarios al Estado por la prestación de estos servicios.

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