Diccionario usual del Poder Judicial

norma de conflicto

La pauta o regla que ante la existencia de dos o más ordenamientos jurídicos, aplicables a una situación, sirve para resolver conflictos de leyes. "Las normas de conflicto pueden ser unilaterales o bilaterales. Son unilaterales las que se limitan a determinar el ámbito de aplicación del propio ordenamiento jurídico; y si las normas de conflicto contienen uno o varios criterios, de acuerdo con los cuales se determina con carácter general la ley aplicable, sea ésta la del foro o una ley extranjera, se consideran bilaterales".
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