Diccionario usual del Poder Judicial

no exigibilidad de otra conducta

Categoría penal que comprende la improcedencia de acusación o pena ante la imposibilidad de que el imputado pudiera actuar de una manera diferente a como lo hizo. Por lo general, la coacción y amenaza a una persona para que cometa un delito son elementos que encuadran en la no exigibilidad de otra conducta. coacción o amenaza como causa de inculpabilidad. reprochabilidad. culpabilidad. || Imposibilidad de exigirle a alguien que hiciera, o no hiciera, dadas las circunstancias compelidas en que se vio envuelto. || Impedimento de exigirle a una persona que tenga un comportamiento conforme a derecho, en virtud de una situación forzosa o inevitable.

©Diccionario usual del Poder Judicial de Costa Rica, 2020. Todos los derechos reservados.