Term | Definition |
---|---|
modificación unilateral del contrato | En Costa Rica, potestad de las Administraciones públicas de variar unilateralmente los contratos de las que son partes, tan pronto estos se perfeccionen, aun antes de iniciar su ejecución y durante ésta, en caso de que modificación, aumento o disminución del objeto, no le cambie su naturaleza, ni tampoco le impida cumplir con su funcionalidad o fin inicialmente propuesto; que en caso de aumento, se trate de bienes o servicios similares; que no exceda el cincuenta por ciento del monto del contrato original, incluyendo reajustes o revisiones; que se trate de causas imprevisibles al momento de iniciar el procedimiento; que sea la mejor forma de satisfacer el interés público; y que la suma de la contratación original, incluyendo reajustes o revisiones de precio, y el incremento adicional no superen el límite previsto para el tipo de procedimiento tramitado. |