Diccionario usual del Poder Judicial

menor en estado de abandono

Categoría del derecho de familia que engloba la situación de la persona menor de edad que carece de padre y madre conocidos; es huérfana de padre y madre y no se encuentra bajo tutela; o se halla en riesgo social por descuido por parte de quienes ejercen legalmente los derechos y deberes inherentes a la patria potestad. Para efectos de adopción, la categoría de menor en estado de abandono tiene que ser judicialmente declarada. ► autoridad parental. menor abandonado (a). menor de edad. riesgo social.

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