Diccionario usual del Poder Judicial

matrimonio del menor de edad

El contraído por personas mayores de 15 años de edad y menores de 18 años de edad. Requiere asentimiento previo y expreso de quien ejerce sobre la persona contrayente la patria potestad o tutela. Es legalmente imposible el matrimonio del menor de edad, si este es menor de 15 años.

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