Diccionario usual del Poder Judicial

jurisdicción voluntaria

Aquella en que los intervinientes no litigan entre sí por hallarse de acuerdo sobre el acto que se ejecuta, o por ser requerida por una sola persona. La diligencia es solicitada al juez para dar fuerza o eficacia al acto. La adopción y el depósito de personas son materia de la jurisdicción voluntaria. || Actividad jurisdiccional en la que no hay litigio o partes enfrentadas. “Serán actos de jurisdicción voluntaria aquellos en los cuales no exista oposición o controversia entre dos partes conocidas, eso es, aquellos en los que se reconozcan relaciones jurídicas o situaciones que requieran notoriedad”.

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