Diccionario usual del Poder Judicial

jornada laboral discontinua

Jornada en que la prestación del trabajador es realizada a intervalos durante el día. || La que se realiza sin horario, en el propio lugar de trabajo, con intervalos de descanso o inactividad, y sin que se pierda la relación de sujeción entre el patrono y el trabajador. “En la jornada laboral discontinua, si bien existe la relación de dependencia, falta el elemento de trabajo efectivo durante todas las horas en que el trabajador se encuentra a las órdenes de su patrono”. ► tiempo de trabajo efectivo. trabajo efectivo. trabajo intermitente.

 

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