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Term Definition
información pública preconstituida

Dato en custodia o en control de alguna de las administraciones públicas que, dada su existencia actual, se halla disponible en los registros físicos o digitales. “III. […] Por su propia naturaleza, una solicitud pura y simple de información se refiere, típicamente, a información [pública] preconstituida, sin que sea necesario que la Administración realice otra cosa más que recabar los datos y suministrarlos a quien los pide”. (Sala Constitucional, N.° 30823 de 09:20 h de 18 de octubre de 2024). “La Ley 10554, en su artículo 10, estipula: “[…] En caso de tratarse de información pública preconstituida, el sujeto obligado deberá brindar lo solicitado de forma inmediata. Se entiende por información pública preconstituida, aquella que se encuentra en los registros físicos y digitales de las administraciones públicas y que es de fácil acceso”. ► información pública.